ORDENAMIENTO JURIDICO CUBANO PARA EMPRESAS MIXTAS (Particularidades de las principales normas)
- El Estado reconoce la propiedad de las empresas mixtas, sociedades y asociaciones económicas que se constituyen conforme a la ley.
- Ley de la Inversión Extranjera.
- Sobre el ordenamiento del Seguro y sus entidades.
- Sistema de trabajo con los cuadros del Estado y del Gobierno.
- Sobre las relaciones laborales del personal designado para ocupar cargos de dirigentes y de funcionarios.
- Del Registro Mercantil.
- Sobre los Convenios Colectivos de Trabajo.
- Modifica la Ley de Procedimiento Civil, Administrativo y Laboral. Procedimiento Económico.
- De las Infracciones Administrativas Aduaneras.
- Cobro del servicios de aduanas por el despacho mercantil.
- Custodia de Mercancías Retenidas en Operaciones No Comerciales.
- Faculta a las Unidades Centrales de Auditoría Interna de los órganos y organismos de la Administración Central del Estado y de las. Entidades Nacionales para ejercer la Auditoría a las Empresas Mixtas de sus respectivos sistemas, constituidas al amparo de la Ley No. 77, "Ley de la Inversión Extranjera.
- Normas de Auditoría Interna.
- Indicaciones Generales para la revisión de las fichas de costo unitario y componentes en pesos convertibles.
- Guía Metodológica para la Auditoría de cumplimiento.
- Cuenta Única de ingresos en divisas del Estado.
- Sistema Nacional de la Propiedad Industrial.
- Reglamento del Registro Mercantil.
- Tarifas en moneda libremente convertible para los servicios que presta la Oficina para la Tramitación de Asuntos Registrales Inmobiliarios y Mercantiles para la Inversión Extranjera.
- Tarifas en Moneda Libremente Convertible para los actos ante el Registro Mercantil.
- Registro de la Propiedad Central para la atención a la Inversión Extranjera.
- Indicaciones para la Contratación Económica.
- Formación de precios mayoristas, márgenes comerciales o tarifas mediante acuerdos entre las partes.
- Pagos de la tasa por peaje.
- Dictamen técnico de la revisión de los Estados Financieros, perteneciente a cada año fiscal.
- Del Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo las personas naturales y jurídicas, cubanas o extranjeras, que utilicen fuerza de trabajo asalariada.
- Regula el procedimiento para el pago de la contribución a la seguridad social.
- Obligación de indemnizar por daños y perjuicios en cultivos y otros bines vinculados al sector agropecuario.
- Reglamento del Impuesto sobre Utilidades, y los Tipos Impositivos por Actividades Económicas.
- Impuestos sobre transporte terrestre.
- Obligación de constituir y mantener una Reserva para Pérdidas y Contingencias, a partir de sus utilidades.
- Modificar la Norma Cubana de Contabilidad No. 1 Presentación de estados financieros, que forma parte integrante de la Resolución No. 235 de fecha 30 de septiembre de 2005, de este Ministerio, la que queda redactada tal y como aparece en el Anexo No.1 de esta Resolución.
- Para ejercer la actividad de valuación de activos, y para emitir los dictámenes periciales de los valores de los bienes del Patrimonio Estatal.
- Norma Cubana de Contabilidad No.6 Operaciones con Moneda Extranjera y Pesos Convertibles.
- Reglamento sobre Seguridad Informática.
- Normas relativas a la actividad de supervisión y control de las inversiones extranjeras.
- Reglamento para la contratación de personal extranjero a los efectos de la prestación de los servicios de Asistencia Técnica en el territorio de la República de Cuba.
- Reglamento para la presentación, aprobación y promoción de las oportunidades de inversión extranjera en Cuba y de las potencialidades de inversión de empresas cubanas en el exterior.
- Sobre el Régimen Laboral en la Inversión Extranjera.
- Comisión de Evaluación de los Sistemas de Estimulación en pesos convertibles.
- Elaboración del Modelo de Ficha de Costo para la determinación del precio y sus componentes.
- Las relaciones monetarias mercantiles entre entidades estatales cubanas y las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano se efectúan en pesos convertibles.
