DICTAMEN TECNICO DE LA REVISION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS, PERTENECIENTE A CADA AÑO FISCAL. (Empresas Mixtas Cuba)

Deberán presentar el dictamen técnico de la revisión de sus Estados Financieros, perteneciente a cada año fiscal, emitido por auditores independientes organizados en las firmas autorizadas a tales efectos, en un término de ciento ochenta (180) días posteriores a la terminación de cada ejercicio económico, las entidades que a continuación se relacionan:

- Todas las entidades estatales incorporadas al perfeccionamiento empresarial.

- Las empresas mixtas.

- Las partes en los Contratos de Asociación Económica Internacional.

- Las empresas privadas extranjeras, asociaciones, fundaciones, así como cualquier otra persona jurídica diferente de la empresa estatal, que sean sujetas de la tributación de un impuesto sobre su utilidad imponible y cuyos ingresos brutos sobrepasen la cantidad de cuatrocientos mil (400 000. 00) pesos cubanos o su equivalente en moneda libremente convertible.

- Sociedades mercantiles de capital totalmente cubano cuyos ingresos brutos sobrepasen la cantidad de cuatrocientos mil (400 000. 00) pesos cubanos o su equivalente en moneda libremente convertible.

- Empresas de capital totalmente extranjero.

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