DICTAMEN TECNICO DE LA REVISION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS, PERTENECIENTE A CADA AÑO FISCAL. (Empresas Mixtas Cuba)
Deberán presentar el dictamen técnico de la revisión de sus Estados Financieros, perteneciente a cada año fiscal, emitido por auditores independientes organizados en las firmas autorizadas a tales efectos, en un término de ciento ochenta (180) días posteriores a la terminación de cada ejercicio económico, las entidades que a continuación se relacionan:
- Todas las entidades estatales incorporadas al perfeccionamiento empresarial.
- Las empresas mixtas.
- Las partes en los Contratos de Asociación Económica Internacional.
- Las empresas privadas extranjeras, asociaciones, fundaciones, así como cualquier otra persona jurídica diferente de la empresa estatal, que sean sujetas de la tributación de un impuesto sobre su utilidad imponible y cuyos ingresos brutos sobrepasen la cantidad de cuatrocientos mil (400 000. 00) pesos cubanos o su equivalente en moneda libremente convertible.
- Sociedades mercantiles de capital totalmente cubano cuyos ingresos brutos sobrepasen la cantidad de cuatrocientos mil (400 000. 00) pesos cubanos o su equivalente en moneda libremente convertible.
- Empresas de capital totalmente extranjero.
