IMPORTACION
El objetivo fundamental de las entidades, al realizar actividades de importación, lo constituye garantizar los recursos y servicios necesarios que demande la economía nacional, en condiciones que resulten económicamente ventajosas, con la inmediatez requerida y la calidad exigida. Para ello, las entidades deberán poner en práctica, entre otras, las siguientes acciones:
- Aprovechar las ventajas económicas de la concentración de compras con proveedores;
- Eliminar o reducir pagos adelantados durante la concertación de los contratos de compraventa;
- Promover la concertación de contratos con proveedores seleccionados, - preferentemente productores, dirigidos a obtener no sólo mercancías sino servicios asociados al a dicho suministro, en los casos que resulte necesario;
- Efectuar las operaciones bajo óptimas condiciones de competitividad; obtener los precios, condiciones y calidades más ventajosas y adecuadas a las características y necesidades del cliente nacional o destino de las mercancías.
El destino de las mercancías importadas por las entidades será sólo para dar cumplimiento a lo dispuesto en su objeto social o empresarial.
Las entidades:
- Rechazarán las mercancías que le sean consignadas que no hayan sido contratadas por las mismas. En estos casos, las entidades no efectuarán endoso a favor de terceros de conocimientos de embarque o guías aéreas.
- Que importen similares o iguales productos, establecerán relaciones entre sí, a fin de realizar intercambio de la información referida a sus operaciones comerciales, con la finalidad de alcanzar mayor eficiencia en la actividad del comercio exterior.
- Acordarán con sus clientes nacionales, los plazos requeridos para presentar las solicitudes de importación, en función del tipo de producto a contratar, a fines de garantizar la entrega de éstos en el tiempo requerido.
- Deben confirmar al cliente nacional la aceptación o no de las solicitudes de importación, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores al recibo de dichas solicitudes.
Las entidades acordarán con los clientes nacionales, los aspectos que deben contener las solicitudes de importación, tales como:
- Cantidad;
- Especificaciones técnicas y de calidad;
- Fechas de entrega. En el caso de las solicitudes de importación destinadas a inversiones, éstas deben contener la secuencia requerida, de conformidad con el cronograma de ejecución de las inversiones;
- Términos financieros;
- Formas de Pago;
- Evidencia documental que demuestre la imposibilidad del productor nacional para satisfacer la solicitud del cliente nacional respecto a las mercancías que se interesan importar.
Siempre que el producto demandado se produzca en el país y sea competitivo en calidad, precio y plazos de entrega con respecto a los que se ofertan en el mercado internacional, deberá darse preferencia al productor nacional.
En los casos que no sea posible seleccionar la oferta del productor nacional por razón de los términos de financiamiento, deberá considerarse si las facilidades financieras pudieran ser asimiladas por el sistema financiero nacional, a los efectos de preservar la selección del productor nacional.
Las entidades evaluarán anualmente el comportamiento de la demanda de los productos que importan y organizarán y ejecutarán con la debida antelación las acciones que correspondan, para garantizar las importaciones en condiciones que resulten económicamente ventajosas, con la calidad exigida y en la fecha de entrega requerida por el cliente nacional.
Las entidades elaborarán la Política de Gestión de Importaciones para los productos que importa. Esta Política será aprobada por el máximo órgano colegiado de las entidades.
Las entidades tomaran en consideración la Política desarrollada por los Comités Coordinadores de Compras e Importación de Productos en el proceso de negociación y concertación de los contratos de compraventa internacional de los productos que sean objeto de regulación por los Comités.
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