CONTRATOS DE ADMINISTRACION HOTELERA (Producciones Cooperada Cuba)
El Contrato de Administración Hotelera, es el acuerdo por escrito entre el titular de un hotel (entiéndase por La Titular una empresa o entidad estatal cubana o sociedad mercantil de capital totalmente cubano o mixto) y una compañía profesional de administración de hoteles (La Gerente) mediante el cual, La Gerente acepta la responsabilidad que le otorga La Titular de asumir y realizar eficientemente la administración y comercialización de los servicios que presta el hotel a cambio del pago de honorarios; y sin que se produzca transferencia alguna de la propiedad u otro derecho real del hotel.
Los objetivos del Contrato de Administración Hotelera son tanto, los ya mencionados para los contratos de producción cooperada de bienes o prestación de servicios, como los referidos a los contratos de administración productiva según se correspondan.
El Contrato de Administración Hotelera será propuesto por el Jefe del Organismo Patrocinador al que pertenece la entidad cubana parte en el contrato, al Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Extranjera.
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