INVERSIONES E IMPORTACIONES (Producciones Cooperada Cuba)
Las entidades cubanas que consideren la necesidad de realizar inversiones como consecuencia de los Contratos de Producción Cooperada de Bienes o Servicios o de Administración Productiva, de Servicios u Hotelera, deben cumplir con los trámites necesarios para que las mismas sean inscritas en el plan de la economía nacional con el Ministerio de Economía y Planificación. Dichos trámites se realizan por conducto del Organismo Patrocinador, teniendo en cuenta además, que para las inversiones nominales es preciso que se adjunte el Dictamen de Aprobación del Ministerio de Economía y Planificación, lo que será tenido en cuenta por la Dirección de Evaluación y Control de Negocios del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, al momento de la evaluación de negocio.
Las importaciones que se pretendan realizar con destino a los Contratos de Producción Cooperada de Bienes o Servicios o de Contratos de Administración Productiva, de Servicios u Hotelera deberán ser tramitadas ante los organismos competentes, según lo establecido para la empresa cubana parte en el contrato.
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